La Sala de Asuntos Indígenas del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México confirmó por unanimidad la absolución de Ángel Garduño García, Rector de la Universidad Autónoma Chapingo, al resolver el recurso de apelación registrado bajo la toca 12/2026, correspondiente a la causa penal 87/2025, radicada en el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Texcoco.
La decisión judicial ratifica que no existieron elementos para acreditar responsabilidad penal y, por consecuencia, las acusaciones formuladas en su contra no fueron demostradas ante los tribunales.
Uno de los puntos relevantes de la resolución fue la supuesta necesidad de que la denunciante contara con un traductor en lengua indígena. El tribunal determinó que, tomando en consideración sus condiciones personales y el contenido de las audiencias, no se acreditaron limitaciones de comunicación durante el juicio.
La autoridad judicial señaló que la denunciante tuvo garantizado su acceso a la justicia en condiciones de igualdad, al contar permanentemente con asesoría jurídica. Además, estableció que comprendía perfectamente el idioma español, lo que cuestiona la existencia de una barrera lingüística que hiciera necesario un intérprete.
Este aspecto resulta relevante porque durante el procedimiento se intentó presentar el caso como un asunto de naturaleza indígena basado en una supuesta imposibilidad para comunicarse en español, circunstancia que el propio tribunal determinó que no existía.
La resolución constituye una reafirmación de los principios de presunción de inocencia, legalidad y debido proceso. Los señalamientos y falsas acusaciones no pueden sustituir la obligación de demostrar jurídicamente los hechos.
Con esta determinación, la autoridad judicial mantiene la absolución de Ángel Garduño García y confirma que las acusaciones formuladas en su contra no fueron acreditadas jurídicamente.
Gabriela Ponce