Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE)
modificar los lineamientos para los cómputos del proceso electoral
federal 2026-2027, al determinar que las boletas que no presenten
marcas de doblez, conocidas como “boletas planchadas”, no deberán
contabilizarse como parte de la votación.
La resolución se derivó de varias impugnaciones contra los
lineamientos del INE para los cómputos de la elección federal de 2027,
por lo que la Sala Superior consideró incorrecto contabilizar este
tipo de boletas, al determinar que, la emisión del voto comprende una
secuencia prevista por la legislación electoral: recibir la boleta,
marcarla, doblarla y depositarla en la urna.
Por ello, sostuvo que la ausencia de las marcas de doblez impide
establecer objetivamente que la boleta estuvo vinculada con un
sufragio emitido conforme al procedimiento establecido en la ley.
Con esta determinación, la Sala Superior revocó parcialmente el
acuerdo del INE y le ordenó modificar los lineamientos para establecer
que, cuando se acredite la existencia de boletas sin marcas de doblez,
estas no deberán contarse como parte de la votación y tendrán que
conservarse separadas de las boletas que sí integren la votación
computada.
La resolución también precisa que la determinación sobre las boletas
sin doblez corresponde, como regla general, a las personas integrantes
de las mesas directivas de casilla. No obstante, en situaciones
excepcionales, la decisión podrá ser tomada por los Consejos
Distritales cuando se realicen recuentos parciales o totales.
Cabe destacar que a través de un acuerdo publicado en el Diario
Oficial de la Federación (DOF), el tema había sido contemplado por el
INE dentro de los lineamientos para los cómputos de la elección
federal de 2027, para establecer desde antes del proceso una ruta para
atender la aparición de boletas sin señales de haber sido dobladas,
para evitar que los órganos desconcentrados tuvieran que resolver este
tipo de casos sobre la marcha.
Sin embargo, el criterio quedó sujeto a la revisión jurisdiccional
tras las impugnaciones presentadas ante el Tribunal Electoral, que
determinó que estas boletas no pueden incorporarse a la votación
computada, al enfatizar que la certeza en la contabilidad de las
boletas electorales constituye un elemento fundamental del sistema
electoral, por lo que debe existir claridad.
La resolución tendrá aplicación en la organización de los cómputos
correspondientes al proceso electoral federal 2026-2027, en el que se
definirán los cargos federales en disputa, razón por la que, el INE
deberá ajustar los lineamientos conforme a lo ordenado por el Tribunal
antes de la realización de los cómputos.