fortalecer los mecanismos que permitan garantizar el pago oportuno y
efectivo de las pensiones alimenticias, con ello, el aseguramiento
podrá realizarse mediante hipoteca, renta, fianza, depósito, retención
o descuento directo de ingresos, así como cualquier otra garantía que
el juez considere suficiente para cubrir los alimentos.
El dictamen, que conjuntó iniciativas de la diputada local de Morena,
Itzel Ballesteros y el Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de
México (PVEM), plantea establecer que el aseguramiento deberá ser
decretado por la autoridad judicial con el propósito de garantizar de
manera oportuna y efectiva el cumplimiento de la obligación
alimentaria.
Uno de los principales cambios es que la autoridad judicial podrá
ordenar de oficio las medidas de aseguramiento que resulten
necesarias, tomando en cuenta las circunstancias de cada caso y la
protección del derecho de alimentos.
Durante la discusión, la diputada Daniela Ballesteros, sostuvo que la
propuesta busca fortalecer una figura que ya existe en la legislación
y dotarla de mecanismos más efectivos para garantizar el derecho de
quienes dependen de estos recursos para su bienestar y desarrollo.
Señaló que el objetivo es que el derecho de alimentos cuente con
herramientas que permitan hacer efectivo su cumplimiento y destacó que
el dictamen fue resultado de la coincidencia entre distintas
propuestas legislativas.
“El derecho de alimentos debe contar con mecanismos efectivos que
permitan garantizar su cumplimiento oportuno”, sostuvo.
A su vez, la diputada del PVEM, Miriam Silva respaldó la propuesta y
señaló que las medidas de aseguramiento deben considerar el interés
superior de la niñez. Por su parte, el diputado local de Morena,
Octavio Martínez señaló que seis de cada 10 oficios son familiares,
por lo que, consideró que la modificación abonará al cumplimiento de
las obligaciones de manutención de madres y padres hacia sus hijas e
hijos.
Por su parte, durante el análisis de las iniciativas, la diputada de
Morena Selina Trujillo Arizmendi señaló que el incumplimiento de la
obligación alimentaria constituye una forma de violencia económica
contra niñas, niños y adolescentes, al afectar directamente sus
condiciones de vida.
“El derecho de alimentos no es una concesión ni una dádiva sujeta a la
buena voluntad”, destacó.
Durante la discusión de la iniciativa, también se planteó que, las
medidas deberán ser determinadas por la autoridad judicial de acuerdo
con las circunstancias particulares de cada caso y con el objetivo de
garantizar de manera oportuna el derecho de alimentos.
Finalmente, los legisladores también recordaron que el incumplimiento
de las obligaciones de manutención ya se encuentra contemplado como
conducta sancionable en el Código Penal, por lo que esta reforma busca
reforzar las herramientas civiles disponibles para hacer efectivo el
pago.